SEGURIDAD LABORAL
Las normas legales hacen mención a la necesidad de contar con planes de emergencia a partir de la Ley 9ª de 1979, la cual hace referencia a las instalaciones locativas, puertas y vías de evacuación en sus artículos 155 a 142, y específica el planeamiento de las operaciones de emergencia en su artículo 499 y a los planes de contingencia en el artículo 501, dentro de una visión macro.
La resolución 2400 de 1979, emanada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en su Título VI, Capítulo II, Artículos 220a 234, se refiere a los equipos para detección, alarmas y extinción del fuego, así como a la capacitación que se debe dar al personal sobre su manejo adecuado, pero sin hacer alusión a la brigada.
Rama preventiva: Aplicación de las normas legales y técnicas sobre combustibles y equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.
Rama pasiva o estructural: Diseño y construcción de edificaciones con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas para la evacuación, de acuerdo con los riesgos existentes y el número de trabajadores.
Las empresas preocupadas por el bienestar de sus trabajadores y de la comunidad en general, y teniendo en cuenta los efectos de alta severidad que las emergencias pueden ocasionar, decide elaborar un plan de emergencias encaminado a proteger la integridad de las personas, así como los bienes materiales, bajo la asesoría técnica de las ARP - Administradora de Riesgos Profesionales.
- Motivar al personal para conformar diferentes grupos de brigadas.
- Conformar grupos de control de emergencia, alarma, primeros auxilios, evacuación y control de incendio.
- Establecer el orden jerárquico de la brigada, conformada de un comité de contingencia y emergencias.
- Establecer las funciones previas y operativas de cada uno de los grupos.
- Realizar un análisis de vulnerabilidad para cada uno de los riesgos que se puedan desencadenar.
Jenny Patricia Morales Quintana
II Semestre Administración
Del Talento Humano
200820012113
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